que es el impuesto sobre sociedades, como se calcula el impuesto sobre sociedades, cual es el tipo de gravamen del IS, cuando se presenta el Impuesto sobre Sociedades

Obligaciones Fiscales Empresas y Autónomos – Parte 6: Impuesto sobre Sociedades

¿Que es el Impuesto sobre Sociedades?

El Impuesto sobre Sociedades (IS) grava la renta de las sociedades residentes en todo el territorio español.

Los contribuyentes deben presentar declaración del IS aunque no hayan desarrollado actividades durante el periodo impositivo o no hayan obtenido rentas sujetas al impuesto.

La obligación de presentar declaración por el Impuesto sobre Sociedades surge desde el momento en que la entidad adquiere personalidad jurídica, al inscribirse en el Registro Público correspondiente.

El periodo impositivo del IS coincide con el ejercicio económico de la empresa y no podrá ser superior a 12 meses. Su devengo se produce el último día del periodo impositivo.

Normalmente las empresas hacen coincidir el ejercicio económico con el año natural, por lo que el fin de aquel y el devengo del Impuesto se producen el 31 de diciembre.

 

¿Como se calcula el Impuesto sobre Sociedades?

Para saber como se calcula el Impuesto sobre Sociedades hay determinar la base imponible, se parte del resultado contable (ingresos – gastos) calculado en función del Plan General de Contabilidad.

A dicho resultado contable se le aplican los ajustes extracontables motivados por la existencia de diferentes criterios fiscales: diferente imputación de ingresos y gastos, gastos fiscalmente no deducibles, beneficios fiscales como la amortización acelerada, compensación de bases imponibles negativas de períodos impositivos anteriores, etc. De esta forma se obtiene la base imponible gravada en el IS, a la cual se aplica el tipo impositivo correspondiente para obtener la cuota íntegra.

Finalmente, para determinar la cuota a pagar o devolver, la cuota íntegra se minora en las bonificaciones y deducciones aplicables, en las retenciones e ingresos a cuenta soportados y en los pagos fraccionados a cuenta realizados por la empresa durante el ejercicio.

 

¿Cual es el tipo de gravamen del IS?

El tipo de gravamen general es del 25%.

Las entidades de nueva creación (excepto cooperativas), que realicen actividades económicas, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, tributarán al 15% (no se considerarán de nueva creación cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades, no aplicará tampoco a las entidades patrimoniales).

 

¿Cuando se presenta el Impuesto sobre Sociedades?

Se deberá presentar la declaración anual del IS dentro de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo.

Si el periodo impositivo de la entidad coincide con el año natural y, por tanto, termina el 31 de diciembre, la fecha más usual de presentación de ese ejercicio será entre el 1 y el 25 de julio del año siguiente (hasta el 20 de julio en el caso de resultado a ingresar con domiciliación en cuenta).

En el caso de la disolución de una sociedad, el plazo de presentación será a los 6 meses desde la disolución, esto quiere decir, que si la sociedad se ha disuelto el 1 de marzo, el plazo de presentación se realizará entre el 1  y el 25 de agosto de ese mismo año.

 

¿Que modelos hay que presentar?

El modelo a utilizar para la declaración anual es el Mod. 200.

Las sociedades tienen la obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta de la cuota anual del IS.

Como regla general se realizarán 3 pagos fraccionados en cada periodo impositivo en curso. Este pago fraccionado tiene la consideración de deuda tributaria y se realizan en los primeros 20 días de los meses de abril, octubre y diciembre.

El importe a pagar es el 18% de la cuota íntegra del resultado de la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades del año anterior.

Los pagos fraccionados también podrán realizarse, a opción del contribuyente, sobre la base imponible acumulada en el año en curso de los meses de marzo, septiembre y noviembre del año.

El modelo a utilizar para realizar los pagos fraccionados es el Mod. 202.

Los 3 pagos fraccionados (Mod. 202) realizados durante el año se deducirán en la declaración anual (Mod. 200) que se presenta, generalmente, en el mes de julio del año siguiente, pudiendo ser el resultado final a ingresar o a devolver.

 

 

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Roberto Oliver
admin@cairolasesores.com

Técnico superior en Administración de Empresas y constitución de Sociedades. - 15 años de experiencia profesional en el mundo de la asesoría fiscal y especializado en el área de contabilidad. - Miembro de la AECE desde el año 2010 (Asociación Profesional de Expertos Contables de España)

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